El análisis de la saliva se realizó en un laboratorio privado.
El magistrado advierte de la “absoluta falta de garantías procesales” que supone la externalización de la prueba respecto a la cadena de custodia. El infractor había sido multado con 1.000 euros y había perdido seis puntos del carné.
El magistrado argumenta que la cadena de custodia se rompe “en el momento en que la muestra sale del ámbito público”. Por tanto, el análisis en un laboratorio privado de las muestras tomadas al conductor “carece absolutamente de la presunción de legalidad y certeza que tendría si se hubiera hecho por un laboratorio oficial dependiente de la Administración Pública”, por lo que ha de anularse todo el expediente sancionador.
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