cambios de titularidad de vehiculos entre particulares

El artículo 32 del Reglamento General de Vehículos establece los procedimientos para la transmisión de vehículos entre personas que no se dedican a la compraventa de vehículos.  Este artículo establece claramente los pasos a seguir y la documentación requerida para realizar la transmisión de vehículos entre personas en España. Es importante seguir estos procedimientos para garantizar la legalidad y la validez de la transacción.

Aquí está un resumen práctico y claro:

  1. Notificación de Transmisión: Todo titular de un vehículo matriculado en España que lo transfiera a otra persona debe notificarlo a la Jefatura de Tráfico correspondiente en un plazo de 10 días. Debe incluir información sobre el transmitente, el adquirente y los detalles de la transmisión.

  2. Documentación Requerida: Se debe presentar el permiso de circulación del vehículo y documentos que acrediten la transmisión y el cumplimiento de obligaciones tributarias.

  3. Cambios de Titularidad: La Jefatura de Tráfico realizará el cambio de titularidad en el Registro de Vehículos si no hay impedimentos. Si existen, se informará a las partes y se resolverán antes de completar el cambio de titularidad.

  4. Renovación del Permiso de Circulación: El adquirente debe solicitar la renovación del permiso de circulación dentro de los 30 días posteriores a la adquisición, adjuntando la documentación requerida.

  5. Procedimientos Conjuntos: Si tanto el vendedor como el comprador solicitan el cambio de titularidad juntos, se realizará simultáneamente.

  6. Transmisiones por Fallecimiento: En caso de transmisión por fallecimiento del titular, se deben seguir procedimientos específicos y notificarlo a la Jefatura de Tráfico.

  7. Impedimentos para el Cambio de Titularidad: Se detallan varios impedimentos, como embargos, arrendamientos con opción de compra, sanciones pendientes, entre otros.

  8. Transmisiones Especiales: Se establecen procedimientos específicos para vehículos embargados, precintados o declarados siniestro total.

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