Derechos de autor

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EN QUÉ CONSISTEN

Se utiliza para englobar los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las publicidades, los mapas y los dibujos técnicos, no siendo una lista cerrada.

Podemos distinguir dos tipos de derechos:

  • Los derechos patrimoniales, que permiten al titular obtener una retribución financiera por el uso de sus obras.
  • Los derechos morales, que facultan a reivindicar la autoría de una obra y a oponerse a que ésta se modifique de un modo que pueda perjudicar la reputación del creador.

Entre las clases de creaciones que podemos proteger podemos nombrar, aunque no son las únicas:

  • Obras literarias y artísticas, por ejemplo, novelas, poemas, obras de teatro, obras de referencia, periódicos y programas informáticos, bases de datos
  • Películas, composiciones musicales, coreografía
  • Obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura
  • Arquitectura; y publicidad, mapas y dibujos técnicos

La protección del derecho de autor abarca las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí.

VENTAJAS

El titular de los derechos sobre una obra tiene la facultad de prohibir o autorizar:

  1. La reproducción de la obra de varias formas, por ejemplo, las publicaciones impresas y las grabaciones sonoras.
  2. Su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra teatral o musical.
  3. Su grabación (“fijación”), por ejemplo, en forma de disco compacto o DVD.
  4. Su radiodifusión, por radio, cable o satélite.
  5. Su traducción a otros idiomas.
  6. Su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guión.

SERVICIOS

El derecho de autor se obtiene automáticamente. Aunque nuestra legislación prevé el registro de las obras, paliando así las controversias relacionadas con la titularidad o la creación, las transacciones financieras, las ventas, y las cesiones y transferencias de derechos. No obstante podemos ofrecer los siguientes servicios:

  • Documentos fehacientes: 
    • Prueba de creación de página web: recopilación de documentación necesaria, gestión documental y técnica para obtener la oportuna acta notarial que acredita el contenido y titularidad de una página web.  Gestión ultimada ante notario.
    • Prueba fehaciente de vulneración de derechos: recopilación de información y estudio de las infracciones de derechos cometidas por terceros para obtener la oportuna acta notarial que de fé del uso de dichos derechos por parte de terceros en un determinado momento. Esta prueba es muy importante para acreditar la vulneración de derechos ante un tribunal. Gestión ultimada ante notario.
    • Acción de reclamación de cese de uso: previamente a cualquier acción legal por uso indebido de derechos debe comunicarse al infractor de forma fehaciente la infracción en la que se está incurriendo y solicitar el cese de uso. Elaboración del escrito de reclamación conforme a ley y envío al infractor.
  • Otras gestiones:
    • Registro propiedad intelectual: preparación del expediente, gestión documental y técnica, solicitud y presentación en el Registro de la Propiedad Intelectual, seguimiento de la solicitud y justificante expedido por el Registro de la Propiedad Intelectual.
    • Recuperación dominios ante la WIPO: el titular de un dominio previamente registrado, podrá solicitar la interposición de las acciones legales necesarias para la recuperación del mismo cuando se haya registrado por persona distinta a su legítimo titular.
    • Licencia Creative Commons: redacción de la licencia creative commons que permite al autor compartir su obra con otras personas bajo las condiciones establecidas por este.
  • Contratos:
    • Cambios de titular: si los derechos de propiedad intelectual cambian de titular deberá constar dicha transmisión mediante contrato y registrarse en el registro oportuno, si es el caso.
    • Contratos derechos de autor: es posible que el autor ceda todos o algunos (edición, explotación, distribución, comercialización,…) de los derechos intelectuales de una obra u otorgue licencias de uso, por un tiempo determinado, con o sin exclusividad, a cambio de una remuneración derivada del uso y explotación de sus obras. Este servicio incluye la elaboración del contrato según las necesidades particulares de cada caso o estudio del contrato presentado por la otra parte.

 

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