La Legítima, Una Parte Del Valor y No De Los Bienes De La Herencia. – El Blog de Oscar Cano.

La legítima es un derecho personal (de crédito) a obtener un valor patrimonial en la herencia (parsvaloris).

Es decir, es una parte del valor de la herencia, pero no una parte de los bienes de la herencia.

Es un crédito contra el heredero. El legitimario tiene derecho a reclamar su parte al heredero, y el heredero está obligado a pagarla, si quiere, incluso con los mismos bienes de la herencia.

Debe quedar claro que el que tiene derecho a la legítima no tiene derecho a reclamar unos bienes concretos de la herencia, ni puede impedir que el heredero dé a esos bienes el destino que quiera.

https://www.oscar-cano.com/la-legitima-un-derecho-de-credito/